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Restitución de tierras en tiempos de pandemia

La restitución se rige bajo la Ley 1448 de 2011, conocida como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

La restitución de tierras se traduce al derecho de las víctimas a que sus terrenos, despojados o abandonados obligatoriamente en el marco del conflicto armado, sean devueltos y se les proporcionen condiciones para mejorar su calidad de vida.

Según la Radiografía de la Restitución de Tierras en Colombia, presentada en mayo de 2019 por la Comisión Colombiana de Juristas, se han conseguido sentencias de restablecimiento para 350 mil hectáreas, de las cerca de 6 millones de despojadas.

Las fases del proceso

La restitución se rige bajo la Ley 1448 de 2011, conocida como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, con la que se busca indemnizar, rehabilitar, dar garantías de satisfacción y de no repetición a todos los que fueron obligados a dejar sus territorios desde el 1 de enero de 1991.

La primera parte del trámite es administrativa, es el recibimiento de la solicitud, la instrucción para llevar a cabo el proceso y la verificación de la deferencia. La segunda fase es la judicial, en la que un juez con jurisdicción civil ordinaria especializado en restitución de tierras, revisa la demanda y dicta sentencia. La última es la fase de cumplimiento o posfallo, en la que los solicitantes se reapropian de la tierra y comienzan a trabajar en proyectos productivos para mejorar su calidad de vida.

Unidad de Restitución de Tierras (URT)

Andrés Castro Forero es director de la Unidad de Restitución de Tierras URT, además es abogado especializado en gestión pública e instituciones administrativas.

“Nosotros desde que el Gobierno Nacional decretó el aislamiento preventivo obligatorio, hemos seguido laborando, es decir, la restitución no se ha detenido” dice.

Ante las condiciones que hoy exigen a los colombianos quedarse en casa y velar por su seguridad, la URT ha decidido habilitar accesos remotos al sistema para que los operadores puedan trabajar desde sus domicilios, y así seguir atendiendo los trámites en restitución de tierras.

Sin embargo, para Castro Forero, una de las mayores dificultades que encuentran en su quehacer, son las alteraciones del orden público que se presentan en zonas como el Pacífico nariñense, el Cauca, el nordeste antioqueño, el bajo cauca antioqueño, el sur del Bolívar y del Córdoba, el Catatumbo en Norte de Santander, Arauca y Putumayo.

“Hay muchos elementos que podemos ir sacando adelante, es decir, en esto hay que ser muy imaginativos, muy creativos” dice, y habla de la importancia de contar con un expediente electrónico, que les permite presentar las demandas de manera virtual ante los juzgados y así continuar con los procesos en tiempos de pandemia. El director de la URT espera que para el fin de la coyuntura, cuando se restablezca el orden judicial, tengan lista una gran cantidad de demandas para presentar ante los jueces y responder a las solicitudes de los peticionarios.

“Si hacemos una buena articulación en la etapa administrativa y con los jueces para la etapa judicial, nosotros podemos seguir dándole cumplimiento a las órdenes emitidas por los jueces de restitución”.

Comisión Colombiana de Juristas (CCJ)

Paula Andrea Villa Vélez es la Directora del área de Litigio Estratégico en Restitución de Tierras de la Comisión Colombiana de Juristas CCJ.

“La restitución de tierras ha sido una ruta interesante para evidenciar la situación de despojo que ha vivido históricamente el país” indica.

Dentro de la gran cantidad de solicitudes que se procesan en la URT, la preocupación de la CCJ radica en la cifra de víctimas que desisten en alguna de las etapas debido a presuntas situaciones de amenazas o de presión por parte de actores en contra del proceso.

Además, la Comisión Colombiana de Juristas entiende el desafío que es para las personas dentro de la restitución, rememorar y relatar las situaciones bajo las cuales fueron despojados o expulsados de los territorios, por lo que brindan acompañamiento con herramientas de las áreas sociales que ayuden a los operadores judiciales a entender el aspecto psicosocial de los solicitantes, y así convertir todo el trámite en un proceso de sanación.

“Lo que hemos evidenciado es que los escenarios judiciales, así como pueden reparar desde lo simbólico a las víctimas y desde lo material; también pueden ser escenarios revictimizantes”, dice Paula Andrea.

Para Paula, que lleva 7 años trabajando en el área de la restitución de tierras, es importante entender y dimensionar que el hablar de la tierra no se limita solamente a un derecho a la propiedad; hay una relación social, económica y familiar que debe tenerse en cuenta.

“Es muchísimo lo que tenemos por aprender de las comunidades rurales en nuestro país; el compromiso espiritual de las comunidades indígenas; la resistencia de campesinos, campesinas, indígenas, afrodescendientes; la capacidad de resiliencia que hay sobre los territorios”, cuenta Paula.

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