Registraduría aclara por qué no habrá votación en el exterior para Consejos de Juventud
La Registraduría Nacional del Estado Civil aclaró las razones por las cuales no se habilitaron las votaciones en el exterior para los Consejos de Juventud que se llevarán a cabo en Colombia.
La decisión se fundamenta en la naturaleza local y municipal de este mecanismo de participación juvenil, contemplado en la Ley 1622 de 2013, también conocida como Estatuto de Ciudadanía Juvenil.
De acuerdo con la entidad, estos consejos fueron creados como escenarios de concertación, vigilancia y control social sobre la gestión pública en los territorios, con el propósito de fortalecer la interlocución de los jóvenes con las administraciones locales.
Por ello, se trata de un ejercicio político y democrático que debe desarrollarse en cada uno de los 1.104 municipios del país, donde se concentra su impacto y aplicación.
Rafael Vargas, director de Gestión Electoral de la Registraduría, explicó: "los consejos municipales y locales de juventud son un mecanismo autónomo de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública y de interlocución de los jóvenes con relación a las agendas territoriales de la juventud”.
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En este sentido, recalcó que la normativa establece de manera clara que estos procesos deben circunscribirse a las dinámicas municipales.
El funcionario enfatizó que, al tratarse de un mecanismo de carácter territorial, no tiene cabida su implementación fuera del país. “La ley 1622 ha contemplado entonces la elección de estos consejos locales y municipales de juventud en cada uno de los 1.104 municipios que hay en el territorio nacional. Por eso no habrá votación en el exterior, toda vez que se trata de un mecanismo de participación que pretende la articulación de la juventud con el espacio de concertación de la administración territorial”, señaló.
La aclaración surge en respuesta a inquietudes de algunos jóvenes residentes en el exterior que habían manifestado su interés por participar en este proceso democrático.
Sin embargo, la Registraduría recordó que las elecciones que sí contemplan votación internacional son las de Congreso de la República, en las que se elige un representante de los colombianos en el exterior, además de las votaciones presidenciales y para Senado.
En contraste, procesos como las elecciones locales de alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ahora los Consejos de Juventud, no están habilitados para sufragios en el extranjero.
Finalmente, indicaron que la explicación busca despejar dudas y garantizar que los jóvenes conozcan el alcance real de este mecanismo que busca fortalecer la participación política desde lo territorial.