Opinión: Sentencia a Uribe

Sentenciado a doce años de prisión el 1 de agosto de 2025, declarada la improcedencia de privación de libertad por el tribunal superior de Bogotá y la Corte Suprema, el recurso de apelación interpuesto debe ser resuelto por la justicia a más tardar este 16 de octubre, en sala compuesta por los magistrados Miguel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo.
La condena a doce años de prisión domiciliaria por delitos de soborno en testigos y fraude procesal contra el expresidente que gobernara al país durante ocho años de manera directa, y otros cuatro por interpuesta persona, es la prevalencia de la verdad sin poder sobre la verdad que infructuosamente se intentara imponer mediante la combinación de todas las formas de lucha por el político más poderoso en la última media centuria con el fin de asegurar su impunidad.
Ni más ni menos. La lectura serena y sabia de una sencilla juez de la república por diez horas de la sentencia condenatoria de mayor audiencia pública en la historia de los medios en el país el 28 de julio, fue una lección de dignidad, independencia, extraordinaria calidad dogmática, coherencia argumentativa y rigor conceptual: la hora estelar de la justicia colombiana. La pomposa verdad del poder se desmoronó ante la verdad sin poder.
Un magistral ejercicio hermenéutico para la comprensión de un patrón de criminalidad envuelto en el ropaje de la autoridad y las tinieblas de las cárceles de reclusos condenados por paramilitarismo. Durante quince años el poder judicial encargado de investigar al político más poderoso -el intocado con 184 acusaciones encalladas en la Comisión de Acusaciones e investigaciones dispersas en despachos del país- se vio expuesto a las presiones más despiadadas: chuzadas, seguimientos, campañas de desprestigio, amenazas, conciertos desinformativos de las grandes cadenas, señalamientos, recusaciones descabelladas, tutelas irrazonadas, advertencias de políticos y funcionarios estadounidenses.
A todo lo anterior se sumó el arma pro-impunidad más efectiva: el ente investigador se convirtió en la primera línea de la defensa judicial del acusado: bajo un fiscal general analfabeto en derecho penal cuyo nombramiento se debió al sucesor ideológico del acusado en el solio presidencial, se designaron sendos fiscales que en defensa suya no vacilaron en solicitar en dos ocasiones consecutivas la preclusión del proceso. Los fiscales clamando por la inocencia de quien tenían el deber de investigar. El prestigioso y billonario equipo jurídico del acusado contaba con su baza decisiva: el caballo de Troya de la fiscalía, y un ridículo pony adicional encarnado en el procurador delegado.
Puedes leer: Tribunal de Bogotá dará a conocer el fallo de segunda instancia contra Álvaro Uribe Vélez
Esta arremetida fue contenida por el trabajo valeroso y disciplinado de cuatro mujeres, de cuatro juristas hechas a pulso, provenientes de la provincia, que ascendieron en la carrera judicial desde el escaño más humilde, sacrificando descanso para formarse en excelencia; cuatro mujeres que representan una nueva generación de profesionales del derecho en el país, comprometidas con la verdad, expertas en la dogmática penal y conocedoras al dedillo de los laberintos del procedimiento acusatorio, valerosas como personas y de una integridad moral y mental a prueba tsunamis uribistas.
Iniciado el proceso penal por los delitos de soborno, fraude procesal y manipulación de testigos, el fiscal delegado ante la Corte Suprema, Gabriel Jaimes, promovido al inicio de su carrera por el nefasto procurador Ordóñez, solicitó ante la jueza Carmen Helena Ortiz, la preclusión del caso por insuficiencia de pruebas, inexistencia de los presuntos delitos y en último término, por la imposibilidad de controvertir la presunción de inocencia. La jueza de conocimiento, oriunda del municipio de Ancuya en Nariño, profirió el 27 de abril de 2022 una sentencia donde rechazó con suficiencia de argumentos el petitorio de impunidad del flamante fiscal -una prevaricación desvergonzada- dando lectura al fallo correspondiente, cuya exposición se prolongó cerca de doce horas. La jueza desmenuzó todas las falencias acumuladas en la tarea investigativa dejando al desnudo la chapucería del trabajo realizado por el ente fiscal, reprendido por su falta de profesionalismo.
Un año después el ente investigador, en esta ocasión por conducto del fiscal delegado Fernando Cárdenas, por segunda vez volvió a presentar una solicitud prácticamente igual a la anterior ante la Jueza 41 de conocimiento, Laura Stella Barrera, oriunda del municipio de San Martín, Meta. En mayo de 2023 la jueza dio lectura a su sentencia denegatoria de la petición del fiscal que le tomó cerca de nueve horas. Segunda descalificación del trabajo de la fiscalía y segunda derrota procesal consecutiva del intocable, que ondeaba su inocencia presionando a través de sus medios de comunicación, pero no lograba impedir que la investigación se suspendiera. El bloque unido de sus abogados privados, la fiscalía y el ministerio público sólo consiguieron una nueva y aplastante derrota.
La defensa del Intocable recusó al nuevo fiscal designado para el caso luego de que se surtiera el cambio en la cúpula de la fiscalía general. Se asignó a la fiscal delegada ante la Corte Suprema, Marlene Orjuela Rodríguez. Con una brillante carrera en la rama judicial de más de 40 años, en la que fuera, entre otras cosas, magistrada del tribunal superior de Bogotá -donde condenó al antiguo secretario del expresidente por las chuzadas a magistrados ordenadas desde la Casa de Nariño-, la experimentada funcionaria se familiarizó con el ingente material probatorio acumulado en casi una década. Una recusación adicional -la sexta- por su presunta falta de imparcialidad al haber sido subordinada de Montealegre, no prosperó. Condujo una brillante estrategia probatoria que se basó en tres pilares, acogida íntegramente:
- Apuntalar la confiabilidad del testigo clave Juan Guillermo Monsalve, hijo del administrador de la hacienda ‘Guacharacas’ -hoy sinónimo de tenebrosos crímenes donde se originara el paramilitarismo-, cuyo testimonio diera cuenta de las acciones delictivas del procesado. Pese a atentados contra su vida, ofrecimientos en dinero, el acoso de una banda de reclusos para que se retractara, la misma presión de su padre y una abyecta campaña de demonización de los grandes medios, el testigo se mantuvo incólume. Que el humilde peón de la hacienda señorial se erigiera en el testimonio decisivo de la verdad contra su antiguo patrón es algo que la rancia derecha colombiana no podrá tragar jamás.
- Otorgar validez probatoria al material recaudado por la Corte Suprema desde 2012 cuando se interceptara el celular del Intocable, bajo el entendido, jurídicamente inobjetable, que la cadena de custodia había sido iniciada por la más alta instancia judicial. Quien ordenara las chuzadas contra los magistrados desde el solio presidencial era ahora interceptado legalmente por autoridad con plena competencia para ordenarlo.
- Construir con estricta rigurosidad hermenéutica la posición del ‘determinador’ como el hombre de atrás que orquestó los ofrecimientos, las falsas imputaciones contra las víctimas del proceso y el conjunto de acciones delincuenciales. En este sentido, la interpretación de la Juez Sandra Liliana Heredia del silencio guardado por el abogangster para no incriminarse -que el billonario equipo de la defensa del acusado avalara- adquirió toda su contundencia probatoria: aherrojado entre el proceso en su contra ante otro juez la opción por el callar so pena de incurrir en falso testimonio y de contera, en fraude procesal, validó lo acreditado en el material probatorio. Haberle escuchado decir en audiencia 'que haber sido abogado del expresidente era el mayor honor de su vida’ constituía un elemento adicional de subordinación y obediencia al determinador. Su condena a siete años de prisión apuntala todos los considerandos en que se basara la jueza Sandra Liliana Heredia para proferir la condena en primera instancia al expresidente.
Finalmente, la juez penal 44 del circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, oriunda de Alpujarras Tolima, que iniciara su meritoria carrera judicial como notificadora de despacho judicial, completa este cuarteto de heroínas de la justicia y la verdad, en cuya sapiencia e integridad despunta la evidencia que otro país es posible. Aplomada y serena en medio del implacable acoso massmediático, mirada por encima del hombro por el flamante equipo de defensa del expresidente, confrontada por el más poderoso político, la juez afrontó dilaciones, excusas, postergaciones, aplazamientos, increpaciones con una serenidad y solvencia a la altura de cualquier tribunal penal internacional en el mundo.
Con un coraje sin par, puso en su sitio a las andanadas retóricas del expresidente a quien le recordó la improcedencia de su gloriosa biografía para limitarse a los hechos. La patética exhortación del acusado implorándole con voz cortada a la juez por su absolución en la última audiencia fue la imagen catártica de la arrogancia del poder arrodillándose ante la justicia. La calidad dogmática de la sentencia es comparable a reconocidos fallos como los proferidos por el Tribunal Penal para la Antigua Yugoslavia en los casos Tadic y Mladic.
Tal vez sea posible, como en el caso de la tragedia de Edipo Rey que el advenimiento de la verdad en esas diez horas de lectura del fallo condenatorio sea el inicio de la superación de la peste política paramilitar y mafiosa que ha devastado nuestro país. Pero la eventualidad de retroceso se conocerá este jueves 16 de octubre. El texto de sus 1114 páginas debería sintetizarse y publicarse como cartilla para la formación de adolescentes, hombres y mujeres del país, ya sea como preludio de su confirmación o como testimonio de la justicia que pudo haber sido.
En todo caso, que la justicia de nuestro país haya puesto coto a una tradición más que bicentenaria de impunidad por conducto de tres valerosas funcionarias judiciales, recuerda el momento fundacional mismo de la justicia en Occidente como se escenificara en la literatura griega.
La tragedia griega escenificó el surgimiento del derecho y la impartición de justicia como un duelo que enfrentaba al acusador con el acusado en un intercambio de argumentos cuya resolución quedaba en manos de los espectadores del hemiciclo teatral. Edipo Rey escenificado en Atenas en el 490 a.c. contiene la quizá más célebre indagación penal en la historia de Occidente. El rey tebano que diera nombre a la tragedia de Sófocles se enfrenta al enigma de la muerte violenta sufrida por su antecesor Layo. Ni el célebre adivino Tiresias ensalzado en Homero y cuya ceguera era signo de su perspicacia para desvelar las sombras más espesas logra desentrañar el misterio de la muerte real ocurrida años atrás.
El testimonio de Yocasta, su viuda enlazada ahora maritalmente con Edipo y en virtud suya reina en ejercicio, no aclara los hechos. Algunos indicios apuntan la autoría a quien indaga por lo ocurrido. Layo fue muerto en un cruce de caminos por un extraño. Edipo cuenta con una coartada indestructible: proviene de una familia sencilla y arriba desde otro país por lo que mal podría ser hijo del difunto monarca. Esta situación de incertidumbre se refleja en una atmósfera pestífera y de disolución que asuela la polis tebana sumiéndola en la decadencia y la muerte. Para extirpar cualquier posible duda se llama a la pareja de criados a quienes antaño se confiara al primogénito de la dinastía para llevarlo fuera de la urbe con el fin de entregarlo a cazadores encargados de darle muerte. Su relato corroborará la inocencia de Edipo y la legitimidad de su reinado.
Por vez primera la voz más humilde de unos simples y rústicos sirvientes asciende desde la nada de su irrelevancia para convertirse en prueba decisiva de lo ocurrido. El extranjero era el retornado que había salvado su vida gracias a la compasión de los criados que desacataron la orden de entregarlo. La verdad sin poder prevaleció sobre la verdad del poder y con el poder. Edipo es el culpable. El horizonte de emancipación que el derecho introdujo fue la derrota de los poderes míticos. La peste cesa sus efectos mortíferos, Tebas se reincorpora a los flujos de la vida y Edipo se hunde en los abismos de su ceguera por él mismo provocada.
La condena de Edipo no estaba sujeta a una apelación judicial. La de Álvaro Uribe dependerá de tres magistrados. Que estén o no altura del precedente estelar confeccionado por las tres mujeres descritas incidirá en el inicio del fin de la impunidad o en la continuidad de su imperio.
Las ideas expresadas en esta columna de opinión son propias del autor. No comprometen la posición oficial de RTVC Sistema de Medios Públicos y sus marcas.