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Comisión Cuarta del Senado aprobó 55 artículos de la ponencia de la reforma laboral mayoritaria

Con esta aprobación, el proyecto de reforma laboral logra un avance de más del 70% de su contenido normativo, generando expectativas frente a su aprobación definitiva y aplicación.
Reforma laboral: Senado aprobó 55 artículos de la ponencia
Foto de: Senado X
Geraldine Rozo

La Comisión Cuarta del Senado de la República aprobó este martes un bloque de 55 artículos correspondientes a la ponencia mayoritaria del proyecto de reforma laboral, que busca modernizar el régimen de trabajo en Colombia, garantizar derechos para sectores históricamente excluidos y ajustar la legislación a los estándares internacionales.

Los artículos aprobados no tenían proposiciones y fueron avalados tal como venían en la ponencia, permitiendo avanzar de manera significativa en el segundo debate del proyecto de ley. 

Regulación de trabajo en plataformas digitales

Entre los temas aprobados se encuentran la regulación del trabajo en plataformas digitales, la protección de trabajadores del arte y la cultura, los contratos en el deporte profesional y medidas para flexibilizar la jornada laboral para personas cuidadoras.

Uno de los capítulos más destacados es el que regula las condiciones de los trabajadores de plataformas digitales de reparto y domicilios.

Los artículos 26 al 30 abordan esta modalidad, reconociendo su carácter laboral, la necesidad de afiliación al sistema de seguridad social y la protección de sus derechos.

Se establece, por ejemplo, que los repartidores tendrán derecho a prestaciones sociales, afiliación a riesgos laborales y a la garantía del pago del salario mínimo proporcional al tiempo trabajado.


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Formalización trabajadores en microempresas 

El artículo 36, por su parte, se enfoca en la formalización y el acceso a la seguridad social de trabajadores en microempresas y hogares, facilitando su afiliación sin generar una carga excesiva para estas unidades productivas.

En esa línea, el artículo 38 crea una nueva figura llamada Unidad de Trabajo Especial (UTE), un mecanismo para que trabajadores independientes o contratistas con ingresos cercanos al salario mínimo puedan realizar aportes a salud y pensión, incluso si no trabajan el mes completo.

El artículo 43 establece condiciones para regular la relación laboral de los deportistas profesionales y su cuerpo técnico, mientras que el artículo 45 hace lo propio para trabajadores del arte y la cultura, reconociendo la especificidad de sus contrataciones.

Además, el artículo 48 aborda el uso responsable de la tercerización laboral y la intermediación, y los artículos 50 y 51 garantizan flexibilidad de horarios para trabajadores que tienen responsabilidades de cuidado, especialmente de personas con discapacidad.

A pesar de su avance, no podrá ser discutida mañana en la plenaria del Senado

A pesar del avance, la reforma no podrá ser discutida mañana en la plenaria del Senado, ya que la Ley Quinta obliga a dejar un margen entre los debates. Por tanto, el cuarto y último debate podría darse la próxima semana, dependiendo de la agenda legislativa.

Con esta aprobación, el proyecto de reforma laboral logra un avance de más del 70% de su contenido normativo, generando expectativas frente a su aprobación definitiva y aplicación.

Artículos aprobados en la ponencia mayoritaria de la reforma laboral: 

  • Artículo 23: Contrato de aprendizaje (Modifíquese el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo)
  • Artículo 24: Internos de medicina (Adiciónese el artículo 81A del Código Sustantivo del Trabajo)
  • Artículo 25: Monetización de la cuota de aprendizaje (Modifíquese el artículo 34 de la LEy 789 de 2002)
  • Artículo 26: Definiciones trabajo en plataformas digitales de reparto.
  • Artículo 27: Modalidades de trabajo en plataformas digitales de reparto
  • Artículo 28: Registro de información en plataformas digitales de reparto.
  • Artículo 29: Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto.
  • Artículo 30: Sistema de registro de inscripción de empresas de plataformas digitales de reparto.
  • Artículo 31: Transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones.
  • Artículo 32: Supervisión humanada de los sistemas automatizados.
  • Artículo 33: Programa de formación para el trabajo agrario y rural.
  • Artículo 34: Protección al Trabajo femenino rural y campesino.
  • Artículo 35: Formalización del trabajo doméstico remunerado
  • Artículo 36: Medidas de formalización y aportes a la Seguridad Social en Microempresas y hogares.
  • Artículo 37: Trabajadores de tiempo parcial.
  • Artículo 38: Unidad de Trabajo Especial.
  • Artículo 39: Beneficio para la creación de nuevos empleos -CREA EMPLEO-
  • Artículo 40: Trabajo agropecuario.
  • Artículo 41: Trabajadores migrantes
  • Artículo 42: Puestos de trabajo en atención a emergencias, reforestación y forestación.
  • Artículo 43: Deportistas profesional y cuerpo técnico.
  • Artículo 44: Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas.
  • Artículo 45: Contrato de trabajadores y trabajadoras del arte y la cultura.
  • Artículo 46: Medidas adicionales en relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines.
  • Artículo 47: Programa de primer empleo y programa de último empleo.
  • Artículo 48: Contratistas y subcontratistas.
  • Artículo 49: Empresas de servicios temporales.
  • Artículo 50: Jornada flexible para trabajadores con responsabilidades familiares de cuidado.
  • Artículo 51: Flexibilidad en el horario laboral para personas cuidadores de personas con discapacidad.
  • Artículo 52: Prohibición al empleador sobre maniobras de elusión.
  • Artículo 53: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.
  • Artículo 54: Lineamientos para el desarrollo, adopción, consolidación y actualización de las competencias laborales para el crecimiento verde.
  • Artículo 55: Formación para la promoción de empleos verdes y azules
  • Artículo 56: Modalidades de teletrabajo (modifíquese el artículo 2 de la Ley 1221 de 2008)
  • Artículo 57: Auxilio de conectividad (Por medio del cual se adiciona un artículo a la Ley 1221 de 2008)
  • Artículo 58: Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores (por medio del cual se adiciona unos numerales al artículo 6 de la ley 1221 de 2008)
  • Artículo 59: Promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia.
  • Artículo 60: Entornos laborales flexibles
  • Artículo 61: Política pública de protección laboral ante la automatización.
  • Artículo 62: Protección laboral frente a procesos de descarbonización y transición energética.
  • Artículo 63: Garantías del derecho de asociación sindical.
  • Artículo 64: Procedimiento judicial sumario de protección de los derechos sindicales.
  • Artículo 65: Medida complementaria a los estatutos (modifíquese el numeral 10 del artículo 362 del Código Sustantivo del Trabajo)
  • Artículo 67: Ajuste de la planilla integrada de liquidación de aportes o el sistema que los reemplace.
  • Artículo 68: Prescripción (modifíquese el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo)
  • Artículo 69: Acompañamiento da micros y pequeñas empresas y formalización laboral.
  • Artículo 70: Vinculación de trabajadores dependientes en condiciones de vulnerabilidad.
  • Artículo 71: Ruta de empleabilidad
  • Artículo 72: Progresividad artículos 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32
  • Artículo 73: Vinculación de las madres comunitarias y sustitutas.
  • Artículo 74: Formalización laboral de las personas manipuladoras de alimentos del Programa de Alimentación Escolar -PAE-
  • Artículo 75: Vigencia y derogatorias.
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