Juzgado de Bogotá ordenó captura inmediata de Emilio Tapia tras revocar su libertad condicional
El Juzgado 15 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Bogotá revocó la medida de libertad condicional que le había sido concedida el pasado 11 de abril a Emilio Tapia, ordenando su reingreso inmediato a un establecimiento penitenciario del INPEC.
La decisión judicial anula el fallo favorable previo del Juzgado Primero de Ejecución de Penas de Barranquilla y responde a la apelación presentada por la Procuraduría General de la Nación, que alegaba que Tapia no cumplió los requisitos legales para conservar el beneficio.
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Motivos de la revocatoria
El juzgado consideró que Tapia no demostró una resocialización auténtica, especialmente ante su implicación en nuevos hechos relacionados con corrupción. Argumentó que su conducta, antecedentes y la gravedad de sus delitos exigían que continuara privado de libertad.
Aunque Tapia había cumplido más de las tres quintas partes de su condena (requisito previsto en la legislación penitenciaria), el tribunal enfatizó que este cumplimiento no es suficiente por sí solo para mantener la libertad condicional.
Además, el fallo señala que la decisión inicial no ponderó de modo adecuado el impacto social y económico de las conductas del condenado y su reincidencia en asuntos de corrupción.
Emilio Tapia fue condenado, entre otros procesos, por el caso Centros Poblados, relacionado con un contrato del Ministerio TIC que buscaba llevar conectividad digital a zonas rurales. Se le atribuye la presentación de garantías bancarias falsas y desvío de recursos por cerca de 70.000 millones de pesos.
Este no es su único proceso judicial, ya que también fue vinculado con el conocido “carrusel de la contratación” en Bogotá y ha acumulado varias condenas por delitos como cohecho, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir.
¿Qué sigue en este caso?
Con esta decisión, la orden de captura contra Tapia se convierte en inmediata e inapelable. No procede recurso contra ella, por tratarse de una providencia de segunda instancia.
Ahora, las autoridades penitenciarias deberán determinar el establecimiento donde será recluido para continuar con el cumplimiento de sus condenas.